Mediante la Ley N° 31537 (Publicada el 28 de julio) se modifica la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor. Con ello se establece el plazo de 15 días para entregar copia del contrato de consumo.
CONTRATO DE CONSUMO
El contrato de consumo es aquel celebrado entre el proveedor y el consumidor para la adquisición de productos o servicios, a cambio de la respectiva contraprestación económica. Por ejemplo, para la adquisición de un departamento o para la contratación de un servicio educativo, se realizan contratos de consumo.
Es común que los contratos se celebren de manera escrita. Sin embargo, en algunos casos también pueden realizarse por vía electrónica, telefónica o mediante herramientas automatizadas por inteligencia artificial o asistente digital.
PLAZO DE 15 DÍAS PARA ENTREGAR COPIA DEL CONTRATO DE CONSUMO
Hasta antes de la Ley N° 31537, el Código de Protección y Defensa del Consumidor no contemplaba un plazo específico para la entrega de la copia del contrato de consumo.
La Ley N° 31537 modifica el literal e) e incluye el literal f) del artículo 47 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. De esta manera, se establece un plazo específico, en los siguientes términos:
- En los contratos celebrados por escrito:
Los proveedores deben entregar a los usuarios copia de los contratos y demás documentación relacionada con dichos actos jurídicos, incluidas las condiciones generales de la contratación. Cuando el consumidor solicite copia física o virtual de estos, el proveedor debe entregar los documentos en un plazo máximo de 15 días hábiles contados desde que recibió la solicitud. Los proveedores son responsables de dejar constancia de la entrega de los documentos al consumidor.
- En la contratación por vía electrónica, telefónica o bajo cualquier sistema de atención automatizada asistido por inteligencia artificial o asistente digital
El proveedor es responsable de acreditar que la información fue puesta oportunamente a disposición del consumidor y que este aceptó los términos contratados. Asimismo, cuando el consumidor solicite copia de los documentos que acrediten la contratación, estos se deben entregar en un plazo máximo de 15 días hábiles contados desde la recepción de la solicitud, siendo el proveedor responsable de su entrega.
MAYOR INFORMACIÓN
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