creación-de-los-programas-prociencia-y-proinnovate

Creación de los programas PROCIENCIA y PROINNOVATE

El 25 de marzo de 2021 se publicaron en el Diario Oficial El Peruano, los Decretos Supremos que establecen la creación de los programas PROCIENCIA y PROINNOVATE en el Perú.

Desde hace algunos años se debate sobre la pertinencia de reorganizar y/o delimitar las competencias de los principales organismos promotores y ejecutores de actividades en materia de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI) en nuestro país. Se espera que la creación de estos dos (2) programas sea un primer paso para tal fin, lo cual permita: a) fortalecer el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología (SINACYT), y b) crear un ecosistema de innovación y emprendimiento dinámico y sostenible. Ambos, debidamente articulados y con ámbitos de aplicación cada vez más claros.

 

 

PROGRAMA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y ESTUDIOS AVANZADOS

 

El D.S. N° 051-2021-PCM crea el Programa Nacional de Investigación Científica y Estudios Avanzados (PROCIENCIA). PROCIENCIA absorbe (por fusión) al Fondo Nacional de Desarrollo Científico y de Innovación Tecnológica – FONDECYT. Este programa depende del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CONCYTEC), ente rector del SINACYT.

PROCIENCIA busca impulsar, incrementar y consolidar las capacidades en ciencia y tecnología en el país. Ello incluye de manera no limitativa, la investigación científica en todas las disciplinas del saber y la formación de investigadores y especialistas de alto nivel. También incluye el equipamiento de laboratorios y talleres de investigación, la difusión de conocimientos, la transferencia tecnológica y la creación de cultura científica y tecnológica.

 

Beneficiarios del programa

El programa beneficia a personas naturales y entidades públicas y privadas dedicadas a la CTI. Entre ellos, se incluye de manera no limitativa a:

  1. Universidades.
  2. Empresas.
  3. Institutos Públicos de Investigación.
  4. Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica.
  5. Investigadores individuales.
  6. Becarios.
  7. Asociaciones privadas, sin fines de lucro y académicas.

Funciones generales del programa

Son funciones de PROCIENCIA:

  1. Administrar y ejecutar instrumentos financieros nacionales, así como aquellos de cooperación nacional o internacional destinados a ciencia y tecnología.
  2. Formular y proponer al ente rector para su aprobación, lineamientos, procedimientos, metodologías, instrumentos, técnicas, modelos, directivas u otros para promover la ciencia y la tecnología en el país, e implementarlos.
  3. Realizar las transferencias financieras y otorgamiento de subvenciones para financiar proyectos, programas y becas en ciencia y tecnología.
  4. Realizar la evaluación y seguimiento de los proyectos y programas de CTI iniciados con los fondos de ciencia y tecnología bajo su administración.
  5. Recopilar y sistematizar la información bajo su dominio para alimentar la Red Nacional de Información de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  6. Mantener y actualizar las plataformas de información que implemente el ente rector del SINACYT.
  7. Ser parte de las redes de cooperación entre instituciones peruanas vinculadas a la ciencia y la tecnología.
  8. Brindar asistencia técnica para el desarrollo de capacidades en las entidades de ciencia y tecnología, para la ejecución de programas, proyectos y otras intervenciones en materia de ciencia y tecnología en el ámbito de sus competencias.
  9. Ejecutar las actividades, actos y contratos que sean requeridos para el cumplimiento de sus fines.
  10. Las demás funciones que le asigne el Manual de Operaciones, en el marco normativo vigente.

El programa contará con un Director Ejecutivo, que será designado por CONCYTEC, por el periodo de tres (3) años, renovable por una vez. El Consejo Directivo del programa estará conformado por siete (7) miembros: Un/Una representante del CONCYTEC, quien lo preside; el/la directora/a ejecutivo/a del programa; el/la directora/a ejecutivo/a de PROINNÓVATE; 1 representante del MEF; 1 representante de las universidades públicas; un/una (1) representante de las universidades privadas; y un/una representante del sector empresarial.

 

Manual de Operaciones

El CONCYTEC aprobará el Manual de Operaciones de PROCIENCIA en un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario, contados a partir de la vigencia del D.S. N° 051-2021-PCM.

 

Vigencia

El programa tendrá una vigencia de quince (15) años contados a partir del día siguiente de concluido el proceso de fusión. El proceso de fusión concluirá en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario, contados a partir de la vigencia del D.S. N° 051-2021-PCM. Las operaciones iniciarán a partir del día siguiente de concluido el proceso de fusión.

 

PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN – PROINNOVATE

El D.S. N° 009-2021-PRODUCE establece la creación del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE, el cual absorbe (fusión) al Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (Antes “Innóvate”).

El programa busca impulsar, incrementar y consolidar la innovación, el desarrollo tecnológico, el desarrollo productivo y el emprendimiento en el país. Ello implica de manera no limitativa, la innovación en los procesos productivos, el emprendimiento innovador y el fortalecimiento de capacidades, entre otros.

 

Beneficiarios del programa

El programa beneficia a personas naturales y entidades públicas y privadas dedicadas a la CTI. Entre ellos, se incluye de manera no limitativa a:

  1. Empresas de todos los sectores y niveles empresariales.
  2. Emprendedores innovadores.
  3. Entidades de soporte al emprendimiento.
  4. Asociaciones de Productores y Gremios Empresariales.
  5. Entidades del Sector Público.
  6. Entidades Académicas.

Funciones del programa PROINNOVATE

Son funciones del programa:

  1. Implementar programas, proyectos e instrumentos orientados a la innovación, desarrollo tecnológico, desarrollo productivo y emprendimiento, entre otros.
  2. Administrar y ejecutar instrumentos financieros y no financieros nacionales, así como aquellos de cooperación internacional o nacional destinados a promover la innovación, el desarrollo tecnológico, desarrollo productivo y el emprendimiento.
  3. Promover y fortalecer la innovación, el desarrollo tecnológico, desarrollo productivo y el emprendimiento.
  4. Participar y promover la cooperación en red entre entidades peruanas vinculadas a la innovación, desarrollo tecnológico, desarrollo productivo y emprendimiento y entre éstas y sus similares de otros países.
  5. Formular y proponer procedimientos, metodologías, instrumentos, técnicas, modelos, directivas u otros para promover la innovación, el desarrollo tecnológico, desarrollo productivo y el emprendimiento en el país, e implementarlos, en el ámbito de su competencia.
  6. Formular y proponer, en coordinación con las entidades competentes, e implementar los instrumentos financieros y no financieros orientados a la innovación, desarrollo tecnológico, desarrollo productivo, emprendimiento, y fortalecimiento de las capacidades, entre otros.
  7. Realizar las transferencias financieras y otorgamiento de subvenciones para financiar proyectos, programas e instrumentos de innovación, desarrollo tecnológico, desarrollo productivo y emprendimiento a favor de entidades públicas, personas naturales y personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, en el marco de la normativa vigente.
  8. Realizar la evaluación y el seguimiento de los proyectos, programas e instrumentos financiados con los fondos destinados a la innovación, el desarrollo tecnológico, desarrollo productivo y el emprendimiento bajo su administración, conforme al marco normativo vigente.
  9. Coadyuvar a la protección del secreto empresarial, industrial o tecnológico, la reserva y confidencialidad de los proyectos que accedan al Programa.
  10. Brindar y promover asistencia técnica en las entidades que realizan actividades de innovación, desarrollo tecnológico, desarrollo productivo y emprendimiento, para la ejecución de programas, proyectos y otras intervenciones en el ámbito de su competencia.
  11. Administrar, en calidad de operador, los programas y/o instrumentos de otras entidades públicas, a solicitud de éstos últimos y previa suscripción de convenios.
  12. Las demás funciones señaladas en el Manual de Operaciones del PROINNOVATE.

El programa contará con un Director Ejecutivo, que será designado por el Ministerio de la Producción, por el periodo de tres (3) años, renovable por una vez. El Consejo Directivo del programa está conformado por siete (7) miembros: Un/Una representante del Ministerio de la Producción, quien lo preside; el/la directora/a ejecutivo/a del programa; el/la directora/a ejecutivo/a de PROCIENCIA; 1 representante del MEF; dos (2) representantes del sector privado; y 1 representante de la academia.

 

Contratos de préstamo y PNIPA

La reorganización no afecta la vigencia de los Contratos de Préstamo suscritos derivados de operaciones de endeudamiento externo, contratadas por la República del Perú, destinados al Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad y al Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura (PNIPA).

Sin perjuicio de ello, PROINNOVATE realizará las acciones necesarias para el cambio de dependencia de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura (PNIPA) a PROINNOVATE.

 

Manual de Operaciones

El Ministerio de la Producción aprobará el Manual de Operaciones de PROINNOVATE en un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario, contados a partir de la vigencia del D.S. N° 009-2021-PRODUCE.

El programa tendrá una vigencia de quince (15) años contados a partir del día siguiente de la publicación del D.S. N° 009-2021-PRODUCE. El proceso de fusión concluirá en un plazo no mayor de noventa (90) días calendario, contados a partir de la vigencia del D.S. N° 009-2021-PRODUCE. Asimismo, las operaciones iniciarán a partir del día siguiente de concluido el proceso de fusión.

 

Derogación

Una vez culminado el proceso de fusión, quedará derogado el D.S. N° 003-2014-PRODUCE, mediante el cual se creó el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad.

 

Enlaces de las normas de creación de los programas PROCIENCIA y PROINNOVATE

A continuación, encontrarás las normas de creación de los programas PROCIENCIA y PROINNOVATE.

 

Para ver la norma de creación de PROCIENCIA: 

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-crea-el-programa-nacional-de-investigaci-decreto-supremo-n-051-2021-pcm-1938018-2/

Para ver la norma de creación de PROINNOVATE:

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-crea-el-programa-nacional-de-desarrollo-decreto-supremo-n-009-2021-produce-1938018-7/

 

Mayor información

Para conocer más detalles de la Ley que establece la creación de los programas PROCIENCIA y PROINNOVATE, contáctanos:  https://kuoip.com/contacto/